Has mirado si tu edificio necesita un Informe de Evaluación de Edificio (IEE)?
En la pagina del Gobierno de Navarra , puedes realizar la consulta sobre si tu edificio necesita este tipo de informe.
Consulta tu edificio AQUI
Cuestiones Generales
El Informe de Evaluación de Edificios (IEE) es un documento técnico relativo a un edificio, en el que se recoge información sobre su estado general de conservación, su grado de accesibilidad y su certificación energética.
Destinatarios
Los propietarios o comunidades de propietarios de los edificios que cumplan simultáneamente con las siguientes características deberán encargar la redacción del IEE:
- Edificios de tipología residencial colectiva, entendiendo como tal los que cuenten con más de una vivienda, independientemente de que el edificio contenga simultáneamente otros usos. Se asimilarán a esa tipología los edificios destinados a ser ocupados o habitados por un grupo de personas, tales como hoteles o residencias.Por tanto, quedan excluidas las viviendas unifamiliares o adosadas.
- Edificios con una antigüedad igual o superior a 50 años.
Igualmente contarán con un IEE los edificios y viviendas que pretendan ser rehabilitadas con objeto de conseguir su consolidación estructural, su adaptación completa a la normativa de accesibilidad universal o la mejora de su envolvente térmica y pretendan calificarse como expedientes de rehabilitación protegida.
¿Cómo puedo conocer la antigüedad de un edificio de viviendas?
Para conocer la antigüedad de un edificio de viviendas, así como si un edificio concreto debe pasar el IEE, el Gobierno de Navarra ha habilitado el Registro General de Evaluación de Edificios de Navarra situado en el siguiente enlace. También se puede consultar esta cuestión en el Ayuntamiento en que se sitúa el edificio.
Contenido
El IEE, se divide en tres partes cuyo contenido es el siguiente:
– Estado de conservación del edificio. Describirá los elementos estructurales y constructivos indicando las operaciones de reparación o mantenimiento que precisen.
– Accesibilidad. Enumerará y describirá los elementos del edificio que incumplen la normativa de accesibilidad, así como los ajustes razonables que pudieran efectuarse para mejorar su accesibilidad.
– Certificación energética. Incluirá la certificación energética del edificio según la normativa que la regula.
Básicamente, y según su estado de conservación, un edificio puede ser calificado en un IEE como APTO o NO APTO, con los siguientes matices:
– APTO: Sin deficiencias reseñables
– APTO CON DEFICIENCIAS LEVES: Con deficiencias de mantenimiento que deberán subsanarse durante la vigencia del IEE.
– NO APTO PROVISIONALMENTE: Con deficiencias graves que puedan subsanarse en un periodo inferior a un año y no supongan peligro para usuarios o viandantes.
– NO APTO: Con deficiencias graves o muy graves que supongan peligro para las personas o requieran obras de más de un año de duración.
Plazos existentes para la confección del IEE y periodo de vigencia
Los edificios que hubieran alcanzado una antigüedad de 100 o más años el 31 de diciembre de 2013, deben disponer del IEE antes del 1 de enero de 2017.
El resto de edificios, según alcancen la antigüedad de 50 años:
Fecha en la que se alcanzan los 50 años | Fecha límite para contar con el IEE |
Antes del 31 de diciembre de 2013 | 1 de enero de 2018 |
Durante los años 2014, 2015 y 2016 | 1 de enero de 2019 |
Durante los años 2017 y 2018 | 1 de enero de 2020 |
En el año 2019 | 1 de enero de 2021 |
A partir de1 1 de enero 2020 | Antes de 1 año desde que se adquiere la antigüedad de 50 años |
Los edificios a los que les resulte exigible el IEE exclusivamente por incluirse en determinados tipos de Rehabilitación Protegida, lo realizarán previa o simultáneamente a la redacción del proyecto de rehabilitación.
¿Qué periodo de vigencia tiene un IEE?
10 años, salvo que circunstancias sobrevenidas deterioren las condiciones del edificio, en cuyo caso deberán subsanarse las nuevas deficiencias o redactar un nuevo informe.
Técnicos competentes
Al tratarse de edificios de uso residencial, podrán redactar los informes los titulados que ejerzan las profesiones de arquitecto o arquitecto técnico.
Toda la documentación es del Gobierno de Navarra. Puedes consultar los datos en esta pagina:
http://www.navarra.es/home_es/Temas/Vivienda/Profesionales/IEE/